La Comisión Helénica de Competencia sanciona a un gigante del juego griego

Lea Hogg October 2, 2023
La Comisión Helénica de Competencia sanciona a un gigante del juego griego

La Comisión Helénica de Competencia impone una sanción considerable de 24,6 millones de euros a OPAP, la principal empresa de juego de Grecia, por infringir las leyes de competencia. La investigación, que abarca de 2017 a 2021, surgió a raíz de las denuncias presentadas por la Cooperativa Helénica de Agentes Profesionales de Loterías (SEPPP) y una coalición de otros agentes. Las denuncias alegan que el acuerdo de exclusividad de la OPAP de 2017 contenía “cláusulas inhibitorias de la competencia” en virtud del artículo 13, que se extendían a las actividades auxiliares.

Las acusaciones incluían cargos de prácticas anticompetitivas y explotación de la posición dominante en el mercado. Esto suscitó la preocupación por las posibles infracciones tanto de la Ley de Competencia griega como de la normativa de competencia de la Unión Europea.

Contravención de la legislación griega y de la UE en materia de competencia

La investigación de la HCC adoptó un enfoque global y abarcaba las actividades de juego en tierra de OPAP, que incluyen apuestas deportivas, loterías, máquinas recreativas (incluidos los terminales de videolotería de OPAP y las máquinas tragaperras de los casinos), loterías estatales y apuestas hípicas. Además, examinó servicios auxiliares como pagos de facturas, envío de dinero y distribución de productos de terceros.

Tras un examen exhaustivo, la Comisión Helénica llegó a la conclusión de que la OPAP había incurrido efectivamente en prácticas de monopolio y vinculación en todos los mercados de referencia. Por lo tanto, infringió la legislación griega y de la UE en materia de competencia. Además, se determinó que los compromisos contractuales de OPAP en los mercados auxiliares obstruían la competencia y la innovación y afectaban potencialmente a la disponibilidad de productos y servicios. En consecuencia, se ha ordenado a OPAP que cese estas prácticas y se le ha advertido de que se enfrenta a una sanción diaria de 10.000 euros por incumplimiento.

Discrepancia en las alegaciones

En respuesta a la decisión de la Comisión Helénica, OPAP expresó su firme desacuerdo y lo calificó de “totalmente infundada”. La empresa emitió un comunicado en el que negaba categóricamente las supuestas prácticas y anunciaba su intención inmediata de recurrir la decisión ante los tribunales pertinentes. La OPAP declaró que la decisión de la Comisión se refiere específicamente a los servicios de pago de facturas y de recarga de móviles ofrecidos por sus agencias, y no a su negocio principal de juego. Además, la OPAP señaló discrepancias entre esta decisión y una de las resoluciones anteriores de la autoridad, así como numerosas sentencias de tribunales civiles.

La OPAP argumentó que la decisión de la Comisión Helénica se basaba en evaluaciones erróneas de las condiciones del mercado, un proceso de recopilación de datos deficiente, un examen insuficiente de las pruebas y una interpretación arbitraria de los marcos normativos que rigen las operaciones de sus organismos. Además, la OPAP criticó el cálculo de la multa impuesta, alegando que se basaba en el volumen de negocios total de la empresa y no en el menor volumen de negocios específico de los mercados en los que se produjeron las supuestas infracciones.

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